(602) 557 5925
Nuestros planes exequiales están diseñados para responder con calidad, brindándole a los asociados, titulares y sus familias en un momento tan difícil, la tranquilidad y confianza que necesitan.
Para solicitar servicios, la familia de la persona fallecida debe poseer el certificado médico de defunción y documentos de identidad del beneficiario principal y de la persona fallecida e inmediatamente comunicarse con nuestro centro de servicios Fraternidad Capilla de Velación ubicado en Cali a los siguientes teléfonos: (602) 557 5925 – Celular: 310 – 843 2051.
Asociado + 6 beneficiarios que pueden tener o no parentesco con el asociado, ingresan siendo
menores de 65 años con permanencia ilimitada.
Si se declaran beneficiarios Padres/Padrastros/Suegros (2 cupos no renovables), Cónyuge e Hijos/Hijastros discapacitados no aplica el límite de edad para ingresar y permanecer protegidos.
También pueden ingresar al plan personas menores de 65 años, con permanencia ilimitada, así:
Servivir ha establecido auxilios como una expresión de solidaridad ante diferentes circunstancias.
Se reconoce siempre en el Plan Básico y también se reconoce en el Plan Super y Plan Preferencial en aquellos casos en los que las familias hacen uso de lotes propios.
El trámite se realiza por el medio establecido y a través de la Entidad Asociada, Cliente o directamente el Titular (cuando se trata del Plan Solidaridad), presentando en un plazo no superior a treinta (30) días calendario después del fallecimiento de la persona por la cual se formula la solicitud, los siguientes documentos absolutamente legibles:
La solicitud del auxilio exhumación y osario se realiza una vez hayan transcurridos 4 años posteriores a la fecha de fallecimiento y la permanencia de vinculación en el plan exequial deberá ser ininterrumpida, salvo que el fallecido sea el mismo beneficiario principal, en cuyo caso deberá reclamar en un plazo no superior a treinta (30) días calendario después del fallecimiento.
Al momento de radicar la solicitud para el pago de los Auxilios, el beneficiario principal debe encontrarse activo en la base de datos de Servivir, excepto cuando él mismo sea el fallecido.
Si las solicitudes no se presentan en el término definido por Servivir (treinta (30) días calendario después del fallecimiento) se establece las siguientes condiciones para el pago de los auxilios:
RANGO | PORCENTAJE A PAGAR |
Entre 31 y 60 días | 70 % |
Entre 61 y 90 días | 50 % |
Entre 91 y 120 días | 30 % |
Más de 120 días | No habrá derecho a ningún reconocimiento. |
Es un auxilio para el pago del servicio de exhumación o la adquisición de osario/cenizario; establecido en los planes Super y Preferencial y al cual se accede cuando el fallecido es el Asociado o alguno de los integrantes de su Grupo Familiar o de su Grupo Aseis.
El trámite se realiza por el medio establecido y a través de la Entidad Asociada, Cliente o directamente el Titular (cuando se trata del Plan Solidaridad), presentando en un plazo no superior a treinta (30) días calendario después del fallecimiento de la persona por la cual se formula la solicitud, los siguientes documentos absolutamente legibles:
La solicitud del auxilio exhumación y osario se realiza una vez hayan transcurridos 4 años posteriores a la fecha de fallecimiento y la permanencia de vinculación en el plan exequial deberá ser ininterrumpida, salvo que el fallecido sea el mismo beneficiario principal, en cuyo caso deberá reclamar en un plazo no superior a treinta (30) días calendario después del fallecimiento.
Al momento de radicar la solicitud para el pago de los Auxilios, el beneficiario principal debe encontrarse activo en la base de datos de Servivir, excepto cuando él mismo sea el fallecido.
Si las solicitudes no se presentan en el término definido por Servivir (treinta (30) días calendario después del fallecimiento) se establece las siguientes condiciones para el pago de los auxilios:
RANGO | PORCENTAJE A PAGAR |
Entre 31 y 60 días | 70 % |
Entre 61 y 90 días | 50 % |
Entre 91 y 120 días | 30 % |
Más de 120 días | No habrá derecho a ningún reconocimiento. |
Es un reconocimiento económico como expresión de solidaridad con la familia, cuando el fallecido es el Asociado.
El trámite se realiza por el medio establecido y a través de la Entidad Asociada, Cliente o directamente el Titular (cuando se trata del Plan Solidaridad), presentando en un plazo no superior a treinta (30) días calendario después del fallecimiento de la persona por la cual se formula la solicitud, los siguientes documentos absolutamente legibles:
La solicitud del auxilio exhumación y osario se realiza una vez hayan transcurridos 4 años posteriores a la fecha de fallecimiento y la permanencia de vinculación en el plan exequial deberá ser ininterrumpida, salvo que el fallecido sea el mismo beneficiario principal, en cuyo caso deberá reclamar en un plazo no superior a treinta (30) días calendario después del fallecimiento.
Al momento de radicar la solicitud para el pago de los Auxilios, el beneficiario principal debe encontrarse activo en la base de datos de Servivir, excepto cuando él mismo sea el fallecido.
Si las solicitudes no se presentan en el término definido por Servivir (treinta (30) días calendario después del fallecimiento) se establece las siguientes condiciones para el pago de los auxilios:
RANGO | PORCENTAJE A PAGAR |
Entre 31 y 60 días | 70 % |
Entre 61 y 90 días | 50 % |
Entre 91 y 120 días | 30 % |
Más de 120 días | No habrá derecho a ningún reconocimiento. |
Es la suma de dinero determinada previamente por el Consejo de Administración de Servivir para cada plan exequial, que se entrega a los Beneficiarios en forma sustitutiva del servicio funerario y exequial; siendo diferencial si la edad de la persona fallecida es de cinco (5) años de edad o menos, o mayor de cinco (5) años de edad.
El trámite se realiza por el medio establecido y a través de la Entidad Asociada, Cliente o directamente el Titular (cuando se trata del Plan Solidaridad), presentando en un plazo no superior a treinta (30) días calendario después del fallecimiento de la persona por la cual se formula la solicitud, los siguientes documentos absolutamente legibles:
La solicitud del auxilio exhumación y osario se realiza una vez hayan transcurridos 4 años posteriores a la fecha de fallecimiento y la permanencia de vinculación en el plan exequial deberá ser ininterrumpida, salvo que el fallecido sea el mismo beneficiario principal, en cuyo caso deberá reclamar en un plazo no superior a treinta (30) días calendario después del fallecimiento.
Al momento de radicar la solicitud para el pago de los Auxilios, el beneficiario principal debe encontrarse activo en la base de datos de Servivir, excepto cuando él mismo sea el fallecido.
Si las solicitudes no se presentan en el término definido por Servivir (treinta (30) días calendario después del fallecimiento) se establece las siguientes condiciones para el pago de los auxilios:
RANGO | PORCENTAJE A PAGAR |
Entre 31 y 60 días | 70 % |
Entre 61 y 90 días | 50 % |
Entre 91 y 120 días | 30 % |
Más de 120 días | No habrá derecho a ningún reconocimiento. |
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